El MTC informó que se reanudarán los vuelos internacionales de más de ocho horas de duración. Vuelos nacionales ya no requieren prueba de descarte COVID-19.
Uso de mascarilla y protector facial es obligatorio
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) estableció nuevas disposiciones relacionadas al transporte aéreo internacional y nacional desde el 15 hasta el 31 de marzo.
Según informó, se reanudarán los vuelos procedentes de países cuyo tiempo de viaje sea mayor a las ocho horas, aprobados mediante Resolución Ministerial Nº 923-2020-MTC/01 y suspendida mediante Resolución Ministerial Nº 968-2020-MTC/01 y sus prórrogas.
No obstante, detalló que continuarán suspendidos los vuelos provenientes de Reino Unido, Sudáfrica y Brasil.
De esta manera, se reanudarán los vuelos que partan de Madrid, Barcelona, Ámsterdam y París; no obstante, no podrán ingresar al país los extranjeros no residentes procedentes de Reino Unido, Sudáfrica y Brasil o aquellos que hayan hecho escala en dichos países en los últimos 14 días.
Los pasajeros que lleguen al Perú aún deben presentar una prueba molecular negativa de COVID-19, cuyo resultado se haya emitido hasta 72 horas antes del vuelo, debiendo cumplir una cuarentena obligatoria de 14 días, que podrá ser levantada si se cuenta con un resultado negativo de una prueba antígena de descarte, la cual se podrán realizar a su arribo al país.
Además, deben completar por Internet la Declaración Jurada de Salud y Autorización de Geolocalización. El documento consigna los datos del viajero, lo cual permitirá que las autoridades de salud lo ubiquen en caso se detecte que viajó cerca a una persona con COVID-19.
Vuelos nacionales ya no requieren prueba de descarte COVID-19
Como parte de las nuevas disposiciones, se eliminó la obligación de presentar la prueba molecular o antígeno de COVID-19 para los viajes aéreos al interior del país. Ya no será necesario mostrar ese análisis médico antes de abordar un vuelo nacional.
El sector recordó a todos los pasajeros que el uso de mascarilla y protector facial es obligatorio durante su permanencia en el terminal de los aeropuertos y mientras están en el avión.