El director de trabajo indicó que estas solicitudes están aún en evaluación.
(Foto: Radio Uno)
Gullermo Alcalá mencionó que debido al estado de emergencia por COVID-19, desde el 15 de marzo al 15 de abril, el gobierno dispuso el trabajo remoto o licencia con goce de remuneraciones, pero desde el 15 de abril se habilitó la suspensión perfecta de labores a la cual pueden acceder los empleadores una vez sean agotadas todas las conversaciones con los trabajadores.
“La suspensión perfecta es la última instancia. Tienen que acreditar la imposibilidad de actividades por afectación económica o por naturaleza de actividades. Al viernes, 471 empresas se acogieron a la suspensión perfecta, cada uno tiene número diferente de trabajadores”, mencionó el director regional de trabajo.
Las 471 solicitudes están en evaluación. “La idea es que se pongan de acuerdo antes de acudir a la suspensión perfecta”, comentó.
“En la suspensión perfecta, el contrato no se extingue se suspende, esto dura hasta el 9 de julio como fecha máxima, 3 meses. En tanto, el trabajador que se sometió puede pedir que le paguen CTS de mayo, adelanten gratificación de julio y a cuenta de su CTS depositada que le paguen un sueldo mensual”, aclaró.