El Tribunal Constitucional (TC), pese a ser el órgano de control de la Constitución conforme lo establece la Constitución Política, no está cumpliendo con las normas establecidas por el Código Procesal Penal al no resolver el admisorio de la acción de inconstitucionalidad presentada hace más de tres meses.
El 12 de mayo pasado, un colectivo de organizaciones integrado por APRODEH, CONACAMI, CCP, CGTP y CCI, presentó al Tribunal Constitucional una acción de inconstitucionalidad contra los DL 982, 983, 988 y 989 por vulnerar los derechos a la vida, la integridad física, la libertad de reunión y la libertad de expresión. Sin embargo, pese a que el plazo para resolver –según el Código Procesal Penal– es de 10 días, una vez presentada la demanda, dicha entidad aún no emite ninguna respuesta.
Por este motivo, APRODEH, CONACAMI, CCP, CGTP y CCI, en representación de más de 5,300 ciudadanos y ciudadanas, han presentado una queja contra el Tribunal Constitucional, ante la Defensoría del Pueblo, por ser esta la entidad encargada de supervisar los deberes de la administración estatal en materia de derechos humanos.
La queja presentada solicita a la Defensoría del Pueblo se sirva pedir al Tribunal Constitucional explique los motivos por los cuales, a la fecha, no ha cumplido con una norma de carácter imperativo como lo es el Código Procesal Penal, lo que se puede convertir en un serio problema para el Estado de Derecho.
Como se recuerda, el 12 de mayo fue presentada una acción de inconstitucionalidad contra los DL 982, 983, 988 y 989 por declarar inimputables a los miembros de las Fuerzas Armadas y Policía que causen lesión o muerte a manifestantes; por disponer penas de hasta 25 años a quienes participen de manifestaciones; por distorsionar la flagrancia al señalar que una persona puede ser detenida dentro de las 24 horas de ocurrido el delito tan solo presentado testigos, entre otras disposiciones.
La preocupación ha sido ya expresada por los representantes de las organizaciones demandantes mediante una solicitud y una entrevista que se mantuvo con el vocal Dr. Fernando Calle sin obtener respuesta alguna hasta la fecha.
APRODEH espera que el Tribunal Constitucional cumpla con admitir la demanda de inconstitucionalidad y disponga la derogatoria de los artículos de los mencionados decretos que violan los derechos fundamentales.