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UGEL determinaría deducciones de gestión de recursos propios de las I.E.

Así lo refirió profesor Morales Gamarra analista en temas educativos,sobre los últimos acontecimientos en el pago de los servicios de agua y luz de las instituciones educativas.

Prof. Morales Gamarra

En entrevista para Radio Uno, sobre los recientes temas de la educación gratuita y el pago de los servicios básicos de agua y luz de las instituciones educativas, el profesor Gamarra refirió que son las unidades ejecutores las que deben efectuar los pagos a las empresas prestadores de servicios según ley.

“En cuanto a los servicios básicos de agua y energía eléctrica existe una ley, pero esta ley y su reglamento indican que estos servicios los tienen que pagar el tesoro público, además indican que es la unidad ejecutora  quien procede a efectuar los pagos a las empresas prestadoras del servicio indicando que es la  unidad ejecutora (ugel) quien va a llevar un registro de los pagos realizados por energía eléctrica y agua,” refirió.

Así mismo señaló que existe un decreto supremo que aprueba un reglamento de gestión de recursos propios y actividades empresariales de las instituciones educativas, donde se aclara que lo proporcionado por esta gestión de recursos propios, si es que hicieron uso de servicios básicos deben cubrir un aparte proporcional del consumo del servicio de agua y luz.

“La ley dice que aquellas actividades que para la generación de esos recursos propios utilicen servicios básicos, hay que catalogarlos como costos directos relacionados a esas actividades, esos recursos propios deben cubrir la parte proporcional de este consumo del servicios básicos y la unidad ejecutora (Ugel ) determina las deducciones de cada caso, “señaló.

Finalmente señalo que todo es cuestión de una buena gestión donde se pongan los puntos claros y se paguen según dice la ley y que las directivas internas que se determinen concuerden con la ley.

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