Durante la I Jornada Nacional de Erradicación de las Pobres Formas de Trabajos Infantil, Violencia Física, Psicológica y Sexual organizada por la Dirección Regional de Trabajo se dio a conocer los convenios que suscribió el gobierno con la Organización Nacional de Trabajo donde estipula que la edad mínima de menores de edad para trabajar es de 14 años.
Mientras que para la realización de trabajos peligrosos por su naturaleza o su condición se debe tener 18 años de edad.
Estas estipulaciones el gobierno las decretó el año 2002 y a pesar de ser reglamentadas no se vienen cumpliendo en la actualidad pues vemos reflejada en nuestra sociedad que menores de edad ya desde los 7 años laboran en las calles y sin el cuidado de las entidades respectivas que deberían velar por sus derechos.
Es por ello que en un trabajo mancomunado entre el Ministerio de Trabajo con el Ministerio de la Mujer y Desarrollo y demás entidades que entre un gran grupo de niños trabajadores cuales son sus derechos y que entidades les pueden brindar apoyo.