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Autorizan intervención de las FFAA en Tacna para evitar actos de violencia

La medida regirá del 26 de mayo al 24 de junio de 2015, con el fin de asegurar el control y mantenimiento del orden interno y evitar actos de violencia. Además de Tacna se intervendrá los departamento de Apurímac, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Moquegua y Puno.

(AFP)

El Gobierno central autorizó la intervención de las Fuerzas Armadas (FFAA) en apoyo a la Policía Nacional del Perú (PNP) en los departamentos de Apurímac, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Moquegua, Puno y Tacna, del 26 de mayo al 24 de junio de 2015, con el fin de asegurar el control y mantenimiento del orden interno y evitar actos de violencia.

La Resolución Suprema Nº 118-2015-IN precisa que esta medida se adopta asimismo para evitar cualquier ilícito penal que se pudiera cometer con ocasión de las movilizaciones y medidas de protesta promovidas en dichas zonas por diversos frentes, juntas y organizaciones sociales.

La actuación de las FFAA constituirá una tarea de apoyo a la misión de la Policía Nacional del Perú y no releva la activa participación de esta. El control del orden interno permanece en todo momento a cargo de la Policía Nacional del Perú.

La actuación de las FFAA estará dirigida a contribuir y garantizar la plena vigencia del derecho a la libertad y seguridad personales, a la libertad de tránsito por las vías y carreteras, el derecho a la paz, a la tranquilidad, el adecuado funcionamiento de los servicios públicos esenciales y resguardar puntos críticos vitales para el normal desarrollo de las actividades de la población afectada.

De este modo se busca facilitar que los efectivos de la Policía Nacional del Perú concentren su accionar en el control del orden público y la interacción con la población del departamento a que se refiere la presente Resolución Suprema.

La intervención de las FFAA se efectuará conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1095, que establece las Reglas de Empleo y Uso de la Fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional.

La intervención de las FFAA, conforme a la presente Resolución Suprema, no implica en modo alguno la restricción, suspensión ni afectación de los derechos fundamentales consagrados en la Constitución Política del Perú, las leyes y los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos de los que el Perú es parte.

La presente Resolución Suprema, publicada hoy en la separata de normas legales del diario oficial El Peruano, está refrendada por el presidente de la República, Ollanta Humala y por los ministros de Defensa, Jakke Valakivi y del Interior, José Luis Pérez Guadalupe.

SRA. ROSA ELVIRA GUZMAN TORRES

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