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SUTRAN sancionaría a choferes de tragedia en la panamericana sur

Dependiendo de las investigaciones. SUTRAN -a través de un comunicado- indicó que sancionaría a los choferes.

ESTÁN A LA ESPERA DEL RESULTADOS DE LAS INVESTIGACIONES. (Foto: Referencial)

La Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran) a través de un comunicado enviado a RADIO UNO esta mañana expresó sus condolencias a las familiares de los 9 fallecidos en el trágico accidente ocurrido el 30 de agosto en el kilómetro 1119 de la panamericana sur en Moquegua.

Asimismo sostuvo que están a la espera del resultado de las investigaciones. De comprobarse faltas cometidas en los choferes estos serán inhabilitados de por vida para obtener una nueva licencia de conducir. 

COMUNICADO

RESPECTO AL ACCIDENTE OCURRIDO EN EL KILÓMETRO 1119 DE LA CARRETERA PANAMERICANA SUR

Sobre el accidente de tránsito ocurrido el día 30 de agosto del presente año a las 18:30 horas en el kilómetro 1119 de la Carretera Panamericana Sur, Centro Poblado Menor Los Ángeles,  Distrito de Moquegua, Provincia Mariscal Nieto, Región Moquegua; que ha dejado el lamentable saldo de 9 personas fallecidas, la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN, hace de conocimiento a la opinión pública lo siguiente:

REPORTE PRELIMINAR DEL ACCIDENTE. El bus de la Empresa de Transportes Flores Hermanos SRL, con placa Z6T-950, cuenta con autorización del MTC y realiza el transporte de personas en la Ruta N° 005: Arequipa – Uchumayo – La Joya – El Fiscal – Clemesi – San José-Repartición – Tacna y viceversa. Además, presenta Certificado de Inspección Técnica Vehicular vigente y SOAT; el año de fabricación del vehículo es el 2000 según registra el sistema de concesiones del MTC, cuenta con un GPS que enviaba señal ininterrumpida, hasta el Km. 1115 de la Carretera Panamericana Sur, Distrito de Moquegua, Provincia de Mariscal Nieto, Región Moquegua, punto donde dejó de transmitir por falta de cobertura en la zona, según informa OSIPTEL en su página web.

SOBRE LOS CONDUCTORES.  LUIS JULIO FLORES LAZARTE (herido) con licencia (AIIIc) N° H-29221403 y vigente hasta el 1 de agosto de 2017, así como  DAVID FREDY BERRIOS RAMOS (herido) con licencia (AIIIc) N° H-29292962 y vigente hasta el 24 de setiembre de 2016. Ambos presentan capacitación vigente según registros del MTC, y no registran puntos en contra.

SOBRE EL VEHÍCULO. Según el GPS, el bus inició su recorrido en el distrito de Hacobo Hunter, Provincia de Arequipa, Región  Arequipa; a las 14:09 horas del 30 de agosto del presente año, produciéndose el accidente aproximadamente 4 horas después de iniciar el viaje, a aproximadamente 189 km de su lugar de inicio.

El sistema GPS mantiene información grabada la misma que puede ser reenviada apenas ingrese en una zona con cobertura de transmisión. En tal sentido, se ha coordinado para que la Policía Nacional del Perú y Ministerio Público asignado en la investigación del accidente, para que ordenen la ubicación del chip de GPS del vehículo accidentado y lo trasladen a zona de cobertura, para conocer la velocidad que tuvo al momento del accidente.

El vehículo ha obtenido su Certificado de Inspecciones Técnicas Vehiculares  ITV N° SA-04-003555 en el SENATI Sede Arequipa, siendo este documento también analizado como parte de las investigaciones del accidente.

INVESTIGACIÓN. La Policía Nacional del Perú y la Fiscalía de la Nación realizan las investigaciones para determinar las causas del accidente  y, paralelamente la SUTRAN ha enviado inspectores para recopilar datos importantes y documentos del bus a fin de evaluar si la Empresa de Transporte o el conductor han incumplido algún requisito y condición establecidos en los Reglamentos Nacionales de Transporte Terrestre.

De detectarse faltas se aplicará lo establecido en la Tabla de Infracciones e Incumplimientos, al margen de la acción penal que considere la Fiscalía. Paralelamente, la Policía Nacional asignada a Carreteras, investiga si en el accidente se cometieron faltas al Reglamento de Tránsito D.S. N° 016-2009-MTC, para aplicar lo señalado en el D.S. 003-2014-MTC, que establece en el artículo 277, la Policía tendrá 72 horas para investigar si el mismo se produjo producto de la inobservancia de las normas que regulan el tránsito. De comprobarse la falta, se cancelaría e inhabilitaría definitivamente al conductor para obtener una licencia de conducir (Infracción M-39).

Reiteramos nuestras condolencias a los familiares de este grave accidente, y estamos a la espera de los resultados que indiquen las investigaciones realizadas por la PNP y el Ministerio Público.

SRA. ROSA ELVIRA GUZMAN TORRES

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MEMORIA ACTIVA

facebook Twitter Pinterest Frase acuñada por nuestro director Henry Rondinel Cornejo para llamar a todos sus auditores a no olvidar cada uno de los hechos, principalmente políticos,

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