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MERCADERÍA ECUATORIANA DEBERÁ CONTINUAR SU RUMBO EN 72 HORAS

 Una intervención de la Fiscalía de Prevención del Delito desbarató la tesis de "contrabando" esgrimida por el Fiscal Juan Colla Ponce y permitirá que la mercancía ecuatoriana incautada semanas atrás por la Intendencia Regional de la Aduana Tacna retome su rumbo a más tardar en 72 horas.

 

Así lo informó Luis Sarmiento, abogado que ha asumido la defensa de los ciudadanos extranjeros perjudicados, José Vélez y Jackeline Rodríguez, importadores propietarios de los bienes comisados en Tomasiri e Ica.

 

"Ya ha sido emitida una resolución por intervención irregular, pero la Aduana recién hoy la ha recibido, por lo que debe estar siendo analizada por asesoría legal, a más tardar, el lunes o martes deberá estar definiéndose el tema, si pasa de este tiempo se podría estar diciendo que se está haciendo caso omiso a la orden", señaló.

 

"Pero estas 72 horas hábiles servirán para poder llevar adelante una resolución para dar respuesta positiva o apelar, pero simplemente si la intendencia confirma la resolución de la Fiscalía de Prevención, que indica que no existe ningún delito aduanero por defraudación de rentas o contrabando y menos una infracción porque se trata de mercaderías en tránsito, si van a ha tener agrandes problemas por resistencia a la autoridad y abuso de autoridad", recalcó el legista.

 

Asimismo, Sarmiento adelantó que apenas superado el estancamiento legal, se solicitará una reparación por los daños y perjuicios que se les están ocasionando a los 9 importadores ecuatorianos.

 

La intervención ha sido declara ilegal por el mismo Ministerio Público al definir a través de un informe de la Fiscalía de Prevención del Delito que no había justificación legal alguna para que actúen funcionarios aduaneros o de la fiscalía especializada, al ser una mercancía en tránsito que tenía como puntos de partida y llegada dos ciudades en el extranjero –Iquique en Chile y Guaquillas en Ecuador-.

 

Además el personal interviniente, utilizando un criterio de exceso de peso, no asumido como falta por la legislación internacional, decidió la revisión física de la carga y rompió precintos colocados en territorio chileno, cometiendo otro acto ilegal.

 

Por último –precisó el abogado- de dictaminarse una intervención de ese tipo que conlleve a un internamiento de los bienes, debió haber sucedido en el puesto de control aduanero de ingreso o salida del país, es decir en Santa Rosa o Aguas Verdes y no en Tomasiri.

SRA. ROSA ELVIRA GUZMAN TORRES

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