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Audiencia en JNE sobre pedido de vacancia de regidora Florinelda Escobar

Hoy se realizó la sustentación ante el JNE donde intervinieron los abogados de ambas partes sobre el pedido de vacancia de la regidora de la comuna provincial de Tacna Florinelda Escobar Condori.

Florinelda Catalina Escobar Condori-Regidora MPT

En la audiencia desarrollada hoy ante el jurado nacional de elecciones (JNE) sólo se escuchó a los abogados de ambas partes sobre cuestiones de derecho, el abogado de Florinelda Catalina Escobar Condori  es Julio Castiglioni  y por Dionisia Pari Gonzáles regidora de la MPT es Néstor Pari Gonzáles.

Néstor Pari  representante de la parte que solicita la vacancia expuso » se declare fundado el recurso de apelación en contra del acuerdo del consejo N° 0050 que declaró improcedente y rechazó la reconsideración interpuesta en contra de la regidora Florinelda Escobar por la causal de nepotismo por la contratación de su hermano Florencio Escobar Condori en una obra de administración directa de la comuna provincial denominado el proyecto del parque temático de la ciudad de Tacna”.

Además mencionó “se presentaron los documentos que acreditan que son hermanos e hijos de Máximo y Petronila como las planillas y la relación laboral como también se le acusa de injerencia por haber renunciado a su labor de fiscalización según el acuerdo de consejo del 6 enero 2011  cuando fue elegida como integrante de la comisión de presupuesto y desarrollo urbano para prevenir actos de nepotismo y donde la obra donde laboraba  su hermano era ejecutada en el tiempo que era integrante de dicha comisión”.

Asimismo indicó el vínculo de amistad que tiene la concejal municipal Escobar Condori con el alcalde provincial de Tacna Fidel Carita Monroy aseverando que la autoridad conocía de los hechos y realizan viajes a Costa Rica y Chile juntamente con la regidora Nancy Claros sin autorización del pleno del consejo.

Pari Gonzáles concluyó su ponencia exigiendo se declare fundada la apelación y se declare la vacancia según el articulo N° 22 inciso N° 8 de la Ley Orgánica de Municipalidades.

Por otro lado el abogado de la regidora de la comuna provincial de Tacna Florinelda Escobar, Julio Castiglioni  inicio su intervención manifestando “Dionisia Pari quien es regidora de la misma comuna que la de mi patrocinada y quien solicita la vacancia sólo lo hace por celos políticos que por una cuestión estrictamente jurídica”.

La ponencia de Castiglioni se basa por la resolución 410 -2009 donde el punto 2 señala el elemento objetivo y el elemento subjetivo, sustentando que su patrocinada no a cometido injerencia por la contratación de su hermano Florencio Escobar donde dicha propuesta de la condición fue realizada por el sindicato de trabajadores de construcción civil según la declaración jurada de Alex Pacci secretario general de este sindicato menciona que la concejal Escobar no tiene responsabilidad.

Asimismo Castiglioni indicó “no existen elementos para demostrar y se acepte el pedido de vacancia por lo que es difícil controlar la administración de la obra antes del inicio de ella, no ay ingerencia, no ay relación de cercanía con su hermano y es improcedente ya que ante el consejo municipal este pedido no procedió”.

Por último después de los alegatos de ambas partes el expediente queda a voto para que el jurado nacional de elecciones (JNE) determine si se acepta o no el pedido de vacancia por nepotismo de la regidora de la MPT Florinelda Catalina Escobar Condori. 

SRA. ROSA ELVIRA GUZMAN TORRES

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MEMORIA ACTIVA

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