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Congreso aprueba Ley de la Trabajadora del Hogar

Tendrán derecho a ocho horas diarias de trabajo, vacaciones de 30 días, gratificaciones en julio y diciembre, y sueldo mínimo de S/ 930.

Con 117 a favor y un voto en contra, el Pleno Mujer aprueba la Ley de trabajadoras del hogar.

En el Pleno Mujer, dedicado exclusivamente a esta temática, el Congreso aprobó este sábado la Ley de Trabajadoras y Trabadores del Hogar, que establece una jornada laboral de ocho horas diarias o 48 horas a la semana, con un sueldo mínimo no menor a una Remuneración Mínima Vital (930 soles) y derecho a vacaciones de 30 días por año trabajado.

El proyecto de ley dictaminado por las comisiones de Trabajo y de la Mujer fue aprobado por 119 votos a favor, 1 en contra y cero abstenciones.

Este fue el primer dictamen aprobado durante el Pleno Mujer, conducido por la tercera vicepresidenta del Congreso, Teresa Cabrera (Podemos Perú), y con presencia en el hemiciclo de parlamentarias en representación de sus grupos congresales.

El dictamen establece que el contrato de trabajo doméstico se celebrará por escrito, con duplicado, y será registrado por el empleador en el aplicativo web que establecerá el Ministerio de Trabajo.

En ese contrato debe figurar el nombre y apellido del empleador; las especificaciones del trabajo doméstico; los lugares de su prestación; la descripción de la entrega de alimentos, uniforme o alojamiento cuando corresponda.

Asimismo, la fecha de inicio del contrato; el monto y el medio de pago; el día de descanso semanal; las facilidades para acceder a la educación; los beneficios sociales otorgados, entre otros.

Vacaciones de 30 días

Establece también que la edad mínima para realizar el trabajo del hogar será los 18 años, y que la trabajadora del hogar tendrá derecho a vacaciones de 30 días por cada año de trabajo.

La remuneración podrá pagarse en forma semanal, quincenal o mensual, según contrato, pero además el empleador deberá extender una boleta de pago firmada por las partes en dos ejemplares y se pagará una gratificación por Fiestas Patrias y otra por Navidad equivalente a una remuneración mensual.

La norma prohíbe además los actos discriminatorios y trato vejatorio que afecte la dignidad de la trabajadora del hogar, garantiza la protección desde la etapa de gestación, prohíbe el despido por motivo de maternidad y le otorga descanso pre y posnatal conforme al régimen labora general de la actividad privada.

SRA. ROSA ELVIRA GUZMAN TORRES

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MEMORIA ACTIVA

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