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Declaran nulo el fallo que absolvió a César Cataño por lavado de activos

En agosto del presente año, se inició la audiencia de apelación al fallo que absolvió a César Cataño Porras. La posición del Ministerio Público fue que se declare nula la sentencia por existir graves vicios de motivación.

Fiscal Superior, Walter Goyzueta Neyra.

El Fiscal Superior Walter Goyzueta Neyra de la Tercera Fiscalía Superior Penal de Tacna, informó que la Sala Penal de Apelaciones de Tacna declaró nulo el fallo que absolvió al empresario César Cataño Porras por el presunto delito de lavado de activos proveniente del tráfico ilícito de drogas.

La audiencia se realizó el 20 de diciembre en la cual, la Sala Penal de Apelaciones de Tacna, declaró nula la sentencia que absolvió a Cataño Porras y otros imputados, disponiendo un nuevo juicio oral en primera instancia.

Como se recuerda en agosto del presente año, se inició la audiencia de apelación al fallo que absolvió a César Cataño Porras. La posición del Ministerio Público fue que se declare nula la sentencia por existir graves vicios de motivación.

Según el expediente de apelación, en febrero último, la fiscal Amalia Vega de la Fiscalía Especializada en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas de Tacna, apeló a la sentencia emitida por el Juzgado Colegiado, que absolvió de los cargos a Cataño Porras, pese a la gravedad y contundencia de los elementos probatorios que condujeron a la representante del Ministerio Público a solicitar una pena privativa de la libertad en contra de los acusados.

De acuerdo a la apelación fiscal, la resolución judicial que absolvió a César Cataño, recogió los argumentos principales de la absolución en apenas cuatro hojas de un total de 352 de las que consta la sentencia, razón que constituiría un evidente caso de incumplimiento de la debida motivación de las sentencias judiciales prevista en el Código Procesal Penal.

Además, el juzgado colegiado no habría valorado la cantidad de las pruebas documentales presentadas por el Ministerio Público a lo largo de más de un año del juicio penal, que para la Fiscalía Superior acreditaban para la emisión de una sentencia condenatoria.

Debe precisarse que solo en el caso de Cataño Porras, el desbalance ascendería a más de 4 millones de soles, detectado entre los años 2001 y 2009; y más de 450 mil dólares entre los años 1990 y 2000. A ello se suma el uso de una doble identidad por parte de Cataño, lo cual constituyó fundamentos importantes de la acusación fiscal presentada en enero último. Además, los otros imputados también tenían desbalance patrimonial.

 

SRA. ROSA ELVIRA GUZMAN TORRES

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