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JNE confirmó el Acuerdo de Concejo que rechazó la vacancia contra Neleo Vilca

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE), declaró INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Elízabeth Jacquelyn Ruelas Gómez y CONFIRMÓ el Acuerdo de Concejo Nº 00652013, que rechazó la solicitud de vacancia que presentó contra regidor Neleo Vilca Huanca.

Como se recuera, el 1 de abril de 2013, Elízabeth Jacquelyn Ruelas Gómez solicitó ante el JNE la vacancia de Neleo Vilca Huanca, primer regidor del Concejo Provincial de Tacna por sostener que dicho regidor ejerció función administrativa o ejecutiva por las siguientes razones:

a. Presidir la sesión extraordinaria, de fecha 26 de octubre de 2012, cuya agenda era la “Nominación o rechazo de directores de mayoría.- CMAC Tacna S.A.”, sin que esta cumpla con los requisitos previstos en el artículo 13 de la LOM, esto es, sin haberle requerido en forma previa por escrito al alcalde y sin que haya mediado un plazo no menor de cinco días hábiles entre la convocatoria y la sesión.

b. Suscribir en calidad de alcalde lo acordado en la sesión extraordinaria del 26 de octubre de 2012. Esto se verifica del Acuerdo de Concejo Nº 001-2012-E-RMPT, por el que se determinó nominar al C.P.C. Marvin Ly Mendoza y a la C.P.C. Dora Esther Zeballos Zeballos como representantes de la mayoría del pleno del Concejo Provincial de Tacna ante el Directorio de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Tacna S.A..

c. Comunicar lo decidido en la sesión extraordinaria del 26 de octubre de 2012 a distintas instancias, tales como la Superintendencia de Banca y Seguros, Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Tacna, así como al despacho de alcaldía.

Del análisis que realizó el colegiado, se desprende que el primer regidor Neleo Vilca Huanca solicitó al alcalde de la Municipalidad Provincial de Tacna la convocatoria a sesión extraordinaria de concejo, a fin de tratar y votar el tema de agenda correspondiente a la sesión extraordinaria del 27 de setiembre de 2012, el cual no fue materia de votación. Luego, no es exacto lo señalado por la solicitante de la vacancia cuando afirma que la nominación o rechazo de Marvin Ly Mendoza y Dora Esther Zeballos Zeballos como representantes de la mayoría del pleno del Concejo Provincial de Tacna ante el directorio de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Tacna S.A. fuera un tema de resuelto.

Asimismo señala que el hecho de que el primer regidor Neleo Vilca Huanca presidiera la sesión extraordinaria del 26 de octubre de 2012 fue consecuencia de la ausencia del alcalde Fidel Carita en dicha reunión.

Con relación al hecho de que el primer regidor haya comunicado a otra instancia lo decidido en la sesión extraordinaria del 26 de octubre de 2012, según se aprecia de la Carta Nº 002-2012-CM/MPT-E, fechada el mismo día de la sesión y dirigida a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Tacna S.A., ello tampoco supone un acto propiamente ejecutivo que transgreda la prohibición contenida en el artículo 11 de la LOM, toda vez que se limitó a participar lo decidido por el concejo municipal, sin que dicha actuación genere, por sí misma, consecuencia jurídica alguna, pues la implementación del Acuerdo de Concejo Nº 001-2012-E-RMPT, en todo momento, correspondió al directorio de la institución financiera, bajo supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP. A mayor abundamiento, cabe señalar que el acto imputado no resulta lesivo a la labor de fiscalización de la autoridad cuestionada, en tanto, como consta de la Carta Nº 3512013-D/CMAC TACNA S.A., emitida por la presidenta del directorio de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Tacna S.A., y del Oficio Nº 46349-2013-SBS, del superintendente adjunto de Banca Microfinanzas de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, lo acordado en la sesión extraordinaria del 26 de octubre de 2012 no ha sido implementado.

SRA. ROSA ELVIRA GUZMAN TORRES

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MEMORIA ACTIVA

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