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Se declaró improcedente el pedido de prisión preventiva para Hugo Mita

Ante los supuestos delitos de peculado doloso y delito contra la fe pública, el ministerio público había pedido prisión preventiva contra el alcalde del Distrito de Ciudad Nueva, Hugo Mita Alanota.

Alcalde de Ciudad Nueva, Hugo Mita tendrá que cumplir reglas de conducta

Hugo mita será juzgado por los delitos de peculado doloso el cual se encuentra sancionado con no menor de ocho ni mayor de 12 años de la pena privativa de la libertad y por el delito de la fe pública en la modalidad de falsedad ideológica que sanciona con una pena no menor de tres ni mayor de 6 años, por tanto si es posible la imposición de una pena mayor de cuatro años privativa de la libertad.

El pedido de prisión preventiva por el Ministerio Público por el peligro de fuga, por que no tiene arraigo laboral, ni familiar porque tienen problemas familiares, no garantizando su arraigo de vivienda y también porque,  ante el cargo que desempeña, puede que altere pruebas y las confunda como lo viene haciendo en la actualidad. Por otro lado el comportamiento desempeñado a la fecha no corresponde a que se quiera someter ante la ley.

Asimismo el alcalde presentó los documentos certificando su arraigo domiciliario, así como laboral, Presentando como domiciliado en la Mz. 8 cmte 6 del distrito de ciudad nueva, acreditando de esa  manera el arraigo domiciliario, así mismo ha presentado una credencial emitida por el Jurado Electoral Especial de Tacna, en su condición de Alcalde del Consejo de Ciudad Nueva, aclarando su arraigo laboral.

Al no haberse presentado las pruebas necesarias, el juzgado de Ciudad Nueva, declaró infundado el pedido de prisión preventiva para Hugo Mita.

Sin embargo se le distó comparecencia  restringida, teniendo que cumplir las siguientes reglas de conducta: no ausentarse la jurisdicción sin autorización del Juzgado, presentarse ante el Despacho Judicial cada 30 días, poner en conocimiento del despacho Fiscal o del Juzgado de investigación preparatoria en tanto de variar de domicilio. Concurrir a todas las citaciones que convoque el Ministerio Público y el Poder Judicial, no conocer nuevo delito doloso, ni implicarse en actos ilícitos, finalmente se asignó como una caución económica la suma de 5 mil nuevos soles que deberán abonar cada uno de los implicados, dentro de los siguientes tres días, de no cumplirse las lo citado la pena podría variar a pena de libertad preventiva.

Asimismo el pedido de prevención preventiva para el ex Alcalde de ilabaya, Manuel Oviedo, también fue declarado improcedente y tambien tendrá que cumplir con reglas de conducta hasta que culminen las investigaciones por los delitos que se le imputan.

SRA. ROSA ELVIRA GUZMAN TORRES

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MEMORIA ACTIVA

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