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Actas de constatación emitidas por jueces de paz no son pruebas irrefutables de posesión

Así lo sostuvo esta tarde el Presidente de la Corte Superior de Justicia quien dejó en claro que lo único que está dentro de las funciones de los jueces de paz, corresponde a la emisión de actas de constatación domiciliaria, mas no actas de posesión de terrenos con la que los invasores de predios puedan avalar la tenencia de lotes. Magistrado aseguró que convocarán a una reunión con autoridades, jueces y ministerio público para definir acciones contra invasiones.

Presidente de la Corte Superior de Justicia – Mario Gordillo

El Presidente de la Corte Superior de Justicia de Tacna, Mario Gordillo sostuvo esta tarde que lo único que están autorizados a emitir los jueces de paz en sus jurisdicciones,  son actas de constatación domiciliaria, mas no actas de posesión de terrenos. Dicho documento –aseguró el funcionario- no constituye prueba irrefutable para demostrar la tenencia o posesión de un predio.

Según Gordillo Cossio, han recibido buena cantidad de denuncias y pedidos de desalojo de invasores en diversas zonas de la ciudad, motivo por el cual –dijo- convocará a una reunión con las autoridades del Gobierno Regional, la Municipalidad Provincial, el Ministerio Público, Dirección de Vivienda y otras entidades comprometidas con el respeto a los bienes prediales del estado, para tomar acciones preventivas ante la posesión ilegal de terrenos.

“He han hecho saber sobre varios temas de invasiones. Nos han indicado también que hay jueces de paz que están otorgando constancias de ejercicio de posesión en algunos lugares que son propiedad del estado. Esto es preocupante y quiero aclarar que lo único que está dentro de las funciones de los jueces de paz es emitir constancias domiciliarias, pero no constancias de posesión. Quiero hacer un llamado a los jueces para que tengan cuidado cuando verifiquen dirección domiciliaria. De todas formas estos documentos no son pruebas irrefutables sino fácilmente rebatibles”, indicó el letrado.

La convocatoria del magistrado implica reunir a las autoridades involucradas para capacitarlas en cuanto a actuación inmediata en caso de invasiones de predios del estado y aunar esfuerzos para hacer respetar el derecho del estado sobre estos terrenos.

De otro lado, Gordillo Cossio adelantó que se viene ultimando detalles en relación al período vacacional de los servidores del poder judicial que inicia el 1 de febrero hasta el 1 de marzo, por lo cual –dijo- han dispuesto la activación de juzgados de emergencia que atenderán en forma normal para casos de urgencia que necesiten atención inmediata.

“Hay órganos jurisdiccionales que por su naturaleza no pueden dejar de funcionar. Se trata de los despachos de juicios de alimentos, medidas cautelares, depósitos y consignaciones, reposiciones laborales, asuntos constitucionales. También aquellos trabajadores que estén bajo régimen de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) que no hayan cumplido el año, continuarán laborando”, indicó.

SRA. ROSA ELVIRA GUZMAN TORRES

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