En la búsqueda por censurar a la prensa, el más alto tribunal de justicia emitió un fallo que prohíbe a los periódicos, radios y la TV difundir grabaciones de conversaciones telefónicas, sin previa autorización judicial o de los interlocutores, bajo sanción penal.
El TC tomó esa decisión al resolver un habeas corpus presentado por la esposa de Alberto Químper, uno de los principales implicados en el caso Petroaudios. Con este fallo, se establece que los petroaudios de Cuarto Poder y La República son inconstitucionales, por tanto, no pueden ser utilizados en un juicio, bajo ninguna circunstancia, porque se trata de prueba prohibida.
Con este argumento, los fiscales y jueces ya no pueden utilizar los "petroaudios" para acusar, juzgar y menos condenar a Químper, Rómulo León Alegría y los otros implicados en dicho proceso.
Fuente: Diario La República