El Jurado Electoral de Lima Centro declaró fundada la tacha interpuesta contra la postulación de Alex Kouri Boumachar a la alcaldía de Lima, y dispuso su exclusión de la lista de candidatos de Cambio Radical.
La decisión de esta instancia del Jurado Nacional de Elecciones se comunicó a través de la Resolución 00013-2010, del 11 de agosto del presente año.
El ciudadano Alberto Espinoza Najarro había presentado la tacha contra la mencionada candidatura indicando que Kouri no cumplía con el requisito de domiciliar en la provincia de Lima por lo menos dos años continuos antes del 5 de julio de 2010, pues mientras ocupó el cargo de presidente regional del Callao tuvo residencia en la Provincia Constitucional.
En su resolución, el JNE señala que el pronunciamiento del Jurado Electoral Especial, que declaró infundada la tacha, no explica de qué manera la consulta RUC y la impresión de Essalud, presentada por los abogados de Kouri, causan convicción para afirmar que el postulante de cambio Radical se encuentra en el supuesto de domicilio múltiple.
Asimismo, indica que no se ha pronunciado respecto a la incompatibilidad entre el domicilio múltiple con la residencia efectiva en el Callao, al haber sido presidente regional durante el periodo 2007-2010.
Por ello, señala que al JEE Lima Centro le corresponde evaluar con mayor atención el domicilio del candidato y, en todo caso, exigir, la presentación de mayores elementos probatorios.
De acuerdo con la Ley de Elecciones Municipales, la defensa legal de Kouri puede presentar una apelación ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) en los próximos tres días hábiles.
El máximo organismo electoral tiene el mismo plazo para pronunciarse sobre la apelación, al término de los cuales se publica la resolución final, la misma que es inapelable.
Cortesía: Andina